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La importancia de las etiqueta Entrevista El Lic. en Tecnología Industrial de los Alimentos Fernando Lafico, director de Nutresan, nos brindó esta información en relación al etiquetado de los productos:" Las etiquetas de los alimentos son una de las vías de comunicación más importantes entre el fabricante y el consumidor, cuyo objetivo es brindar información básica y esencial del producto envasado. Sin embargo, es importante leer con atención y no dejarse engañar por frases confusas y datos imprecisos. Los consumidores escuchan publicidades, reciben recomendaciones brindadas por profesionales, son sujetos de promociones, leen las etiquetas ...pero en muchos casos los datos que aporta el envase no resultan del todo claros. Muchas veces los consumidores asumen que los alimentos dietéticos sirven para adelgazar, consumen aceites vegetales porque su rótulo dice "sin colesterol", y podemos enumerar otros ejemplos de información errónea. Más allá de todo, los rótulos deben cumplir con las reglamentaciones vigentes. En agosto de 2004 comenzó a regir una resolución que incorpora el articulo 235 5º al Código Alimentario Argentino, que define a la Información Nutricional Complementaria como "cualquier expresión y/o representación que afirme, sugiera o implique que un alimento posee propiedades nutricionales particulares". Esta normativa establece una equivalencia entre términos, así "light", "lite" o "low" son equivalentes a "bajo contenido". Lo mismo sucede con "free"o "zero" que son equivalentes a "libre", "no contiene" o "exento". Además la norma fija los términos que pueden ser utilizados para hacer referencia al contenido de nutrientes o valor energético de los alimentos de acuerdo a una tabla de valores. Sólo se permite hacer declaraciones de información nutricional complementaria sobre valor energético, carbohidratos, azúcares, proteínas, grasas totales, grasas saturadas, colesterol, sodio, sal, fibra alimentaria, vitaminas y minerales, cuyos atributos y condiciones se encuentran definidos en la tabla. Cuando se realizan informaciones nutricionales complementarias comparando dos o más alimentos, los alimentos comparados deben ser diferentes versiones de un mismo alimento o alimento similar y deben estar claramente identificados. La diferencia en el atributo objeto de la comparación debe expresarse cuantitativamente en el rótulo como porcentaje, fracción o cantidad absoluta. Por ejemplo "light- 50% menos grasas que el producto tradicional". Otro punto importante es que establece que los valores se expresen en base a 100 gramos o 100 mililitros, lo cual permite comparar el mismo producto pero de diferente marca. Por otro lado se especifican las condiciones para el uso de las leyendas "sin adición de sal", "sin agregado de azúcar" o "sin adición de azúcar". La normativa excluye la palabra "diet" de la nómina de términos permitidos, pues esta palabra es la que más confusión genera asociándolo directamente con un alimento que tiene propiedades adelgazantes. Se realizaron elevamientos sobre el cumplimiento de esta normativa, y se encontraron varias irregularidades. Entre ellas: - no informan cuánto y en qué componente es "ligth", "bajo" o "reducido ". La disminución en el caso de"ligth" en calorías debe ser, como mínimo, del 25% con respecto al alimento usado para la comparación. - La mayoría de los alimentos relevados no cumple con el requisito de la norma sobre la ubicación de información, con letras de buen realce, tamaño y visibililidad. - Los componentes no están calculados y expresados en base a 100 gramos o 100 mililitros del alimento listo para el consumo. - en la frase "sin sal agregada" la palabra "agregada" aparece en letras más pequeñas, cuando debería tener el mismo tamaño y tipo de letras. En 2005 el ANMAT dictó una disposición en la cual se definen las normas específicas que deberá cumplir toda publicidad o propaganda de productos alimenticios. Se prohíbe: -promocionar que el consumo del alimento constituye una garantía de salud. -atribuir al producto acciones y/o propiedades terapéuticas. -sugerir que alimento es un producto medicinal. -mencionar que un alimento diagnostica, cura, calma, mitiga, alivia, previene o protegede una enfermedad. Sólo podran incluirse frases tales como "...ayuda y/o contribuye a prevenir y/o proteger..." -aconsejar su consumo por razones de acción estimulante, de mejoramiento de la salud, de orden preventivo de enfermedades o de acción curativa." Esta información fue obtenida de la revista "Enfasis Alimentación" Año XIII, Nº 7, Agosto de 2007, pág. 68 a 76. |
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